¿Eres abogado independiente y te interesa el ámbito penal? ¿Quieres saber cómo puedes aprovechar el proceso penal venezolano para defender los derechos de tus clientes, ya sean víctimas o imputados, y para demostrar tus conocimientos, habilidades y competencias profesionales?
Si la respuesta es sí, este artículo es para ti.
Hola, soy la Dra. María Romero, y me especializo en derecho penal desde hace más de 15 años. En este artículo, te voy a contar todo lo que necesitas saber sobre el proceso penal venezolano, sus fases, sus sujetos, sus recursos y sus estrategias. Además, te voy a explicar qué son las diligencias de investigación y cómo puedes solicitarlas para participar en la investigación de los hechos y aportar elementos de convicción. Por último, te voy a dar algunos consejos prácticos basados en mi experiencia como ex fiscal, docente universitaria y abogada en libre ejercicio.
Al leer este artículo, podrás:
- Conocer las características y los principios del proceso penal venezolano.
- Identificar las fases del proceso penal venezolano y lo que puedes hacer en cada una de ellas como abogado independiente.
- Aprender qué son las diligencias de investigación y cómo te pueden ayudar a defender los intereses de tus clientes.
- Aplicar algunos consejos útiles para solicitar diligencias de investigación con éxito.
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¿Te animas a seguir leyendo? Te aseguro que no te arrepentirás.
¿En qué consiste el proceso penal venezolano?
Empecemos con un poco de teoría para refrescar conocimientos sobre el derecho penal.
El proceso penal venezolano es el conjunto de normas y principios que regulan la investigación, el juzgamiento y la ejecución de los delitos, así como la protección de los derechos de las personas involucradas en ellos. El proceso penal venezolano se basa en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el Código Orgánico Procesal Penal, entre otras leyes.
El proceso penal venezolano, según lo establecido en el COPP, se divide en tres fases, la fase preparatoria, la fase intermedia, la fase de juicio y la fase de ejecución:
- La fase preparatoria es la etapa inicial del proceso penal, donde se investigan los hechos que pueden ser delitos. El Ministerio Público dirige la investigación, realizándola con el órgano auxiliar CICPC, y las partes participan con sus derechos y deberes.
- La fase intermedia es la etapa entre la preparatoria y el juicio oral, donde se verifica si hay suficientes elementos para ir a juicio o si hay otra solución. El fiscal acusa, el acusado se defiende, y el juez decide sobre la acusación y las soluciones alternativas.
- La fase de juicio oral es la etapa donde se debate oralmente entre las partes, para que el juez decida sobre la culpabilidad o inocencia del acusado. Se basa en principios como oralidad, publicidad, inmediación, etc. Empieza con la citación de las partes y termina con el veredicto que es la sentencia, que bien puede ser condenatoria o absolutoria. Se puede recurrir ante instancias superiores, ejerciendo los recursos correspondientes.
En cada una de estas fases del proceso penal venezolano, tú como abogado independiente puedes intervenir para defender los intereses de tus clientes, ya sean víctimas o imputados, y para contribuir al esclarecimiento de la verdad y la realización de la justicia.
Pero, ¿qué puedes hacer exactamente en cada fase? ¿Qué derechos y deberes tienes como abogado independiente? ¿Qué recursos y estrategias puedes utilizar? Eso es lo que te voy a explicar a continuación.
¿Qué puedes hacer como abogado independiente en cada fase del proceso penal venezolano?
Como abogado independiente, tienes una serie de derechos y deberes en cada etapa del proceso penal venezolano. Por ejemplo:
Fase preparatoria
En la fase preparatoria, puedes:
- Solicitar diligencias de investigación al juez o jueza de control para participar en la investigación de los hechos.
- Asistir a tu cliente en las declaraciones e interrogatorios.
- Acceder al expediente y a las actuaciones.
- Presentar escritos, solicitudes y recursos.
- Ejercer el control de la legalidad y la constitucionalidad de las actuaciones.
Las diligencias de investigación son las actuaciones llevadas a cabo por el Ministerio Público y el CICPC para investigar los hechos presuntamente delictivos y recabar los elementos de convicción necesarios para sustentar la acusación o la defensa.
Como abogado independiente, puedes pedirle al Fiscal que investigue lo que necesites para salvaguardar los derechos de tu cliente, sea víctima o imputado. Si el Fiscal no se pronuncia en 3 días a tu solicitud, o da una negativa, puedes acudir al Juez de Control para que él ordene la diligencia (artículo 122 del COPP).
Al solicitar diligencias de investigación como abogado independiente, puedes obtener los siguientes beneficios:
- Participar activamente en la investigación de los hechos y no limitarte a esperar los resultados de la misma.
- Aportar elementos de convicción que respalden tu teoría del caso y que contradigan la de la parte contraria.
- Ejercer tu derecho en condiciones de igualdad con las demás partes.
- Preparar mejor tu estrategia procesal para la fase intermedia y la fase de juicio.
Fase intermedia
En la fase intermedia, puedes:
- Presentar la acusación como querellante o la defensa escrita contra el imputado o imputada.
- Asistir a la audiencia preliminar y plantear las cuestiones que consideres oportunas.
- Ofrecer, admitir, rechazar o impugnar las pruebas.
- Solicitar el sobreseimiento de la causa, el archivo fiscal, la aplicación de un principio de oportunidad, un procedimiento abreviado o un acuerdo reparatorio.
La audiencia preliminar es el acto procesal donde se decide si hay mérito para ir a juicio o si hay otra solución al caso. En ella intervienen el juez o jueza de control, el fiscal, el acusado o acusada, su defensor o defensora y el querellante si lo hubiere. En esta audiencia se pueden presentar las siguientes situaciones:
- El fiscal presenta la acusación formal contra el imputado o imputada por uno o varios delitos. El acusado o acusada puede admitir los hechos y aceptar su responsabilidad penal (allanamiento), o negarlos y ejercer su derecho a la defensa (contradicción). El juez o jueza decide si admite o rechaza la acusación y si ordena o no la apertura del juicio oral. Si admite la acusación y ordena el juicio oral, fija la fecha para el inicio del mismo y remite el expediente al tribunal competente. Si rechaza la acusación por falta de fundamentos o por vicios formales, ordena el sobreseimiento de la causa (artículo 300 del COPP).
- El fiscal solicita el sobreseimiento de la causa por alguna de las causales previstas en el artículo 300 del COPP, como la inexistencia del hecho, la atipicidad, la falta de participación, la extinción de la acción penal o la imposibilidad de continuar el proceso. El acusado o acusada puede aceptar o rechazar el sobreseimiento. El juez o jueza decide si lo concede o no, y si lo hace, ordena el archivo de las actuaciones y el cese de las medidas cautelares.
- El fiscal solicita la aplicación de un principio de oportunidad, que consiste en abstenerse de ejercer la acción penal por razones de política criminal, siempre que se cumplan los requisitos legales y se repare el daño causado. El acusado o acusada puede aceptar o rechazar el principio de oportunidad. El juez o jueza decide si lo aprueba o no, y si lo hace, ordena el archivo de las actuaciones y el cese de las medidas cautelares.
- El fiscal solicita la aplicación de un procedimiento abreviado, que consiste en acordar con el acusado o acusada una pena inferior a la que correspondería en un juicio ordinario, a cambio de que admita los hechos y renuncie al juicio oral. El acusado o acusada puede aceptar o rechazar el procedimiento abreviado. El juez o jueza decide si lo admite o no, y si lo hace, dicta la sentencia correspondiente sin necesidad de ir a juicio.
- El fiscal solicita la aplicación de un acuerdo reparatorio, que consiste en suspender el proceso penal mientras el acusado o acusada repare el daño causado a la víctima, con su consentimiento. El acusado o acusada puede aceptar o rechazar el acuerdo reparatorio. El juez o jueza decide si lo autoriza o no, y si lo hace, fija las condiciones y el plazo para su cumplimiento.
Estas son algunas de las soluciones alternativas al juicio oral que se pueden presentar en la fase intermedia del proceso penal venezolano. Como abogado independiente, debes estar atento a estas posibilidades y evaluar si convienen o no a los intereses de tu cliente.
Fase de juicio
En la fase de juicio, puedes:
- Asistir al juicio oral y público y ejercer el derecho a la prueba y a la defensa.
- Interrogar y contrainterrogar a los testigos, peritos y expertos.
- Presentar los alegatos iniciales y finales.
- Recurrir la sentencia en caso de inconformidad, realizando los recursos de apelación correspondientes.
El juicio oral y público es el acto procesal donde se debate oralmente entre las partes, para que el juez o jueza decida sobre la culpabilidad o inocencia del acusado o acusada. Se basa en principios como oralidad, publicidad, inmediación, contradicción, concentración, etc. Empieza con la citación de las partes y termina con el veredicto que es la sentencia, que bien puede ser condenatoria o absolutoria. El juicio se desarrolla en las siguientes fases (artículos 326 al 373 del COPP):
- Instalación: el juez o jueza verifica la presencia de las partes, identifica al acusado o acusada, explica el objeto del juicio y las reglas del debate, y resuelve las cuestiones previas o incidentales que se planteen.
- Alegatos iniciales: el fiscal expone su teoría del caso y los elementos de convicción que va a presentar; el querellante hace lo mismo si lo hay; el acusado o acusada puede declarar si quiere; y el defensor o defensora expone su teoría del caso y los elementos de convicción que va a presentar.
- Desarrollo de la prueba: se practican las pruebas admitidas por el juez o jueza, empezando por las del fiscal, siguiendo por las del querellante si lo hay, y terminando por las del defensor o defensora. Cada parte puede interrogar y contrainterrogar a los testigos, peritos y expertos que declaren. El juez o jueza puede hacer preguntas para aclarar los hechos.
- Alegatos finales: el fiscal expone sus conclusiones sobre los hechos y el derecho, solicitando la condena o la absolución del acusado o acusada; el querellante hace lo mismo si lo hay; el defensor o defensora expone sus conclusiones sobre los hechos y el derecho, solicitando la absolución o la atenuación de la pena del acusado o acusada; y el acusado o acusada puede hacer uso de la palabra si quiere.
- Veredicto: el juez o jueza dicta la sentencia en forma oral e inmediata, declarando al acusado o acusada culpable o inocente, e imponiendo la pena o medida correspondiente. Si no puede dictarla en ese momento, fija una fecha dentro de los 10 días siguientes para hacerlo. La sentencia debe ser motivada y fundamentada en los hechos probados y en el derecho aplicable.
La sentencia dictada por el juez o jueza puede ser recurrida por cualquiera de las partes que se sienta perjudicada por ella. Los recursos que se pueden interponer son:
- Recurso de apelación: se dirige contra la sentencia definitiva dictada por el juez o jueza de juicio. Se interpone ante el mismo tribunal que dictó la sentencia dentro de los 5 días siguientes a su notificación. El tribunal remite el expediente a la corte de apelaciones correspondiente, que resolverá el recurso dentro de los 15 días siguientes a su recepción (artículo 443 del COPP).
- Recurso de casación: se dirige contra la sentencia definitiva dictada por la corte de apelaciones. Se interpone ante la misma corte dentro de los 5 días siguientes a su notificación. La corte remite el expediente al Tribunal Supremo de Justicia, que resolverá el recurso dentro de los 30 días siguientes a su recepción (artículos 451 del COPP).

¿Cómo ampliar tus conocimientos en el proceso penal venezolano?
El proceso penal venezolano ofrece un campo de trabajo atractivo para ti como abogado independiente. Para desempeñarte en él, es importante dominar las fases del proceso penal, los sujetos que intervienen en él, los recursos que se pueden utilizar y las estrategias que se pueden emplear. Las diligencias de investigación son una herramienta clave, que te permiten colaborar en la investigación de los hechos, presentar elementos que respalden tu caso y ejercer tu derecho a la prueba y a la defensa. Para solicitarlas, se deben cumplir los requisitos legales y seguir los consejos prácticos que hemos expuesto. De esta manera, podrás defender mejor los intereses de tu cliente y contribuir al esclarecimiento de la verdad y la realización de la justicia.
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Espero que te haya gustado este artículo y que te haya sido útil. Si tienes alguna pregunta o comentario, no dudes en escribirme. Estaré encantada de responderte. Gracias por leerme. Hasta pronto.
Autor: Doctora María Romero.
Abogada especialista en Ciencias Penales y Crimanológicas.